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miércoles, 24 de enero de 2018

Unidad 7:La condición jurídica de la empresa


1 comentario:

  1. En esta parte del tema he aprendido la diferencia entre una persona física (ser humano al que se le atribuyen unos derechos y obligaciones) y una jurídica (sujeto del derecho capaz de adquirir derechos y obligaciones además de realizar acciones judiciales), estas personas jurídicas son empresas.

    Empresario individual (1 persona actúa en nombre de su negocio con su NIF (número de identificación fiscal) y realiza la facturación, contratación y pago de impuestos). Su responsabilidad es ilimitada (responde con el patrimonio personal), el número mínimo de socios es 1, no tiene capital mínimo.

    Existen 3 tipos de sociedades las cuales a su vez están divididas en 2.
    Sociedad civil:
    Dividida en sociedad civil privada (empresarios que no pierden la condición física y pagan sus impuestos de manera individual). La responsabilidad es ilimitada, el número mínimo de socios es 2, no se define capital mínimo
    Sociedad civil pública: igual que la anterior excepto que se adquiere personalidad jurídica (todo se eleva a escritura pública)
    Sociedad mercantil limitada:
    (conjunto de empresarios que responden de manera pública como una sociedad). La responsabilidad es limitada, el número mínimo de socios es 1, el capital mínimo es de 3000€.
    Sociedad anónima: (se compran y venden acciones)(se reparte la titularidad) por lo que no se sabe quiénes son los socios. La responsabilidad es limitada, el número mínimo de socios es uno y el capital mínimo son 60000€

    Sociedad laboral:
    (empresa que se forma mediante los trabajadores que a su vez son socios (los socios han de contar con el 50% de la empresa). La responsabilidad es limitada, el número mínimo de socios es 3, el capital mínimo es de 3000 € en caso de ser una sociedad laboral limitada y en caso de ser una sociedad anónima laboral son 60000€.
    Sociedad cooperativa:(todos los socios tienen los mismos derechos y obligaciones, su objetivo no es lucrativo).
    La responsabilidad es limitada o ilimitada según establezcan los socios, el número mínimo de socios es de tres personas físicas si es una cooperativa de primer grado y dos personas físicas en caso de ser una cooperativa de segundo grado, el capital mínimo lo establecen los socios.
    Existen cuatro tipos de cooperativas: cooperativas de trabajo asociado que son asociaciones para crear y repartir puestos de trabajo entre los socios, cooperativas de consumo,son agrupaciones de usuarios y consumidores que tienen una misma necesidad y quieren satisfacerla con un bien o servicio,cooperativas de crédito: son entidades financieras que actúan como una entidad bancaria privada,también existen las cooperativas de viviendas estas están formadas por personas que necesitan una vivienda y se unen para conseguir adquirirla con un precio menor al de mercado.

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